¡Tengo más de 55 años!

El subsidio para mayores de 55 años consiste en un ayuda mensual de 430€. Lo recibirá aquella persona que se encuentra en situación legal de desempleo y podrá cobrarlo hasta alcanzar la edad de jubilación. Una vez superado la edad de jubilación, dejará de cobrar esta ayuda y pasará a cobrar otra ayuda acorde a la pensión.

A continuación, te vamos a explicar las nuevas modificaciones que se han llevado cabo por el Tribunal costitucional en el subsidio para mayores de 55 años.

Requisitos para solicitar el subsidio mayores de 55 años

Si tienes 55 años o más y has agotado la prestación o el subsidio por desempleo y quieres pedir la ayuda para mayores de 55 años deberás cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en desempleo.
  • Tener cumplido los 55 años o más en la fecha en que se agote la prestación por desempleo o subsidio por desempleo, o tenerlos en el momento de reunir los requisitos para acceder a algunos de los siguientes subsidios:
  • Estar inscrit@ como demandante de empleo durante el periodo de un mes y no haber rechazado ofertas de empleo, no haberse negado a participar salvo a causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.
  • Suscribirse la compromiso de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de la vida laboral.
  • Cumplir con todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema Español de la Seguridad Social.
  • Carecer de rentas de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sena superiores al 75% del salario mínimo interprofesional excluyendo la parte proporcional a dos pagas extraordinarias.

¿Se tienen en cuenta las cotizaciones de otros países?

Si has trabajado en el Extranjero las cotizaciones solo se tendrán en cuenta si los países son pertenecientes al espacio económico europeo o con los que exista convenio totalización de periodos para la protección por desempleo.

Duración y cuantía del subsidio para mayores de 55 años

La duración del subsidio para mayores de 55 años será hasta alcanzar la edad de jubilación en cualquiera de sus modalidades. Deberás presentar la declaración de la renta todos los años para poder demostrar que no se supera los límites máximos admitidos.

La cuantía que se recibe sera el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, es decir, 430€ mensuales. En el caso de desempleo por pérdida de un trabajo a tiempo parcial, la cuantía irá en proporción a las horas previas trabajadas.

ayuda o subsidio para mayores de 55 años

 

Documentación que debes presentar para solicitar el subsidio para mayores de 55 años

La documentación que tendrás que presentar para solicitar el subsidio para mayores de 55 es la siguiente:

  • Modelo Oficial de solicitud
  • Documentación para identificar al solicitante. En el caso de ser español, tendrás que entregar el DNI o Pasaporte. Extranjer@s residentes en España deberá presentar:
    • Nacionales de la Unión Europea: certificado de registro de cuidadan@ de la Unión Europea en el que aparezca el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
    • No nacionales de la Unión Europea: tarjeta de de identidad de extranjer@ (TIE) en la que conste el NIE y pasaporte.
  • Documentación bancaria en el que figure el número de cuenta en el que aparezca reflejado que eres titular y donde deseas percibir la prestación.
  • Entregar el libro de familia o documentación equivalente en el caso de ser persona extranjera.
  • En el caso de que el Servicio Público de Empleo Estatal, deberás entregar el justificante de renta.

¿Dónde tienes que presentar la solicitud para el subsidio mayores de 55 años?

IMPORTANTE: la prestación la puedes presentar en 15 días hábiles una vez transcurrido el mes de espera o desde el día de la inscripción como demandante de empleo a partir del día que cumplas los 55 años.

La solicitud se puede presentar a través de:

¿Cuándo puedo solicitar el subsidio para mayores de 55 años?

Para pedir el subsidio para mayores de 55 años es de 15 días hábiles desde que termina el mes de espera, o de un mes desde que se produce la inscripción como demandante de empleo una vez que se cumplen los 55 años.

El mes de espera es el periodo de un mes, contado desde el último día en que se cobra la prestación que una persona en desempleo estaba cobrando. Una vez que pasa ese periodo de un mes desde que finaliza la prestación se tienen 15 días hábiles para solicitar la prestación.

Si llevo cobrando el subsidio 12 meses, ¿Qué debo hacer para renovar el subsidio para mayores de 55 años?

Si has cobrado la ayuda para mayores de 55 años y quieres seguir cobrándola todos los años deberás presentar en tu Oficina de Empleo la correspondiente declaraciones de Rentas donde se demuestra los ingresos recibidos en los doce meses, para verificar que no se está superando el límite de rentas que se admite para solicitar esta ayuda.

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